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Certificación de Discapacidad
Catamarca, 02 de marzo de 2012
La Dirección Provincial de Asistencia Integral a Personas
con Discapacidad del Ministerio de Salud de la Provincia,
por medio de la Junta Evaluadora, es la encargada de emitir
el Certificado Único de Discapacidad.
El trámite es voluntario y consta de una evaluación
interdisciplinaria en la que los profesionales determinarán,
de acuerdo a la documentación presentada por el interesado,
si se encuadra o no dentro de las normativas vigentes de
certificación de discapacidad.
El Certificado Único de Discapacidad es un documento público
y la llave de acceso al Sistema de Salud y a los beneficios
instituidos por la normativa en la materia, para las
personas con discapacidad.
Para qué sirve
El Certificado de Discapacidad es un Documento Público que
brinda la cobertura de las Leyes Nº 22.431 y Nº 24.901, las
que instituyen un sistema de prestaciones básicas de
atención integral a favor de las personas con discapacidad,
contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y
protección, con el objeto de brindarles una cobertura
integral a sus necesidades y requerimientos.
Las personas con déficit en audición, visión, limitada en
sus funciones físicas o que presentan alteraciones de las
emociones y del comportamiento y/o limitaciones importantes
en el funcionamiento intelectual pueden obtener un
certificado de discapacidad.
Brinda numerosos beneficios y las personas con discapacidad
pueden utilizarlo o no según su necesidad y/o deseo. No
representa ninguna limitación ni obstáculo para la búsqueda
de empleo, la inserción en el sistema educativo, etc.
Para adquirirlo las personas interesadas deberán:
1.- Sacar el turno en la jurisdicción que le corresponda de
acuerdo al domicilio consignado en el DNI. En Catamarca
deben dirigirse a Avenida Perón 11, esquina Illia.
El mismo puede ser solicitado por la persona a evaluar o un
tercero con el DNI del interesado y con conocimiento del
tipo de discapacidad por el que será evaluado.
2.- Presentarse el día del turno asignado para la evaluación
ante la Junta Evaluadora. El día a ser evaluada por la Junta
Evaluadora tendrá que asistir INDEFECTIBLEMENTE la persona
que posea la discapacidad, junto con los requisitos
correspondientes que certifiquen dicha discapacidad.
3.- Retirar el Certificado de discapacidad en caso que la
Junta Evaluadora lo apruebe.
El Certificado permite:
• Obtener cobertura integral de tratamientos o
rehabilitación conforme lo establece la Ley 24.901, ya sea a
través de las Obras Sociales; el Estado a través de los
organismos correspondientes o las empresas de Medicina
Prepaga.
• Exención de imposición de copagos o coseguros en la Obra
Social o Medicina prepaga.
• Escolarización en establecimientos comunes con apoyo de
personal especializado y/o escolaridad especializada.
• Traslado y transporte en ambulancia y/o vehículo ya sea a
los centros de tratamiento o a los establecimientos
educativos.
• Derecho a exigir la eliminación de barreras
arquitectónicas y todo tipo de elemento que impida la
accesibilidad a lugares públicos o privados.
• Derecho a reservar un espacio para estacionamiento
exclusivo en la vía pública, frente al domicilio.
• Franquicia para adquirir vehículos nacionales o
importados.
• Obtención del pase en transporte público de pasajeros.
• Regímenes especiales de asignaciones familiares.
Para más información los interesados
deberán dirigirse a Avenida Perón 11, esquina Illia o
llamar al teléfono 03833-437913, e-mail:
daipdcatamarca@yahoo.com.ar.
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