Certificación de Discapacidad

Catamarca, 02 de marzo de 2012

La Dirección Provincial de Asistencia Integral a Personas con Discapacidad del Ministerio de Salud de la Provincia, por medio de la Junta Evaluadora, es la encargada de emitir el Certificado Único de Discapacidad.

El trámite es voluntario y consta de una evaluación interdisciplinaria en la que los profesionales determinarán, de acuerdo a la documentación presentada por el interesado, si se encuadra o no dentro de las normativas vigentes de certificación de discapacidad.

El Certificado Único de Discapacidad es un documento público y la llave de acceso al Sistema de Salud y a los beneficios instituidos por la normativa en la materia, para las personas con discapacidad.

Para qué sirve

El Certificado de Discapacidad es un Documento Público que brinda la cobertura de las Leyes Nº 22.431 y Nº 24.901, las que instituyen un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.

Las personas con déficit en audición, visión, limitada en sus funciones físicas o que presentan alteraciones de las emociones y del comportamiento y/o limitaciones importantes en el funcionamiento intelectual pueden obtener un certificado de discapacidad.

Brinda numerosos beneficios y las personas con discapacidad pueden utilizarlo o no según su necesidad y/o deseo. No representa ninguna limitación ni obstáculo para la búsqueda de empleo, la inserción en el sistema educativo, etc.

Para adquirirlo las personas interesadas deberán:

1.- Sacar el turno en la jurisdicción que le corresponda de acuerdo al domicilio consignado en el DNI. En Catamarca deben dirigirse a Avenida Perón 11, esquina Illia.

 El mismo puede ser solicitado por la persona a evaluar o un tercero con el DNI del interesado y con conocimiento del tipo de discapacidad por el que será evaluado.

2.- Presentarse el día del turno asignado para la evaluación ante la Junta Evaluadora. El día a ser evaluada por la Junta Evaluadora tendrá que asistir INDEFECTIBLEMENTE la persona que posea la discapacidad, junto con los requisitos correspondientes que certifiquen dicha discapacidad.

3.- Retirar el Certificado de discapacidad en caso que la Junta Evaluadora lo apruebe.

El Certificado permite:

• Obtener cobertura integral de tratamientos o rehabilitación conforme lo establece la Ley 24.901, ya sea a través de las Obras Sociales; el Estado a través de los organismos correspondientes o las empresas de Medicina Prepaga.

• Exención de imposición de copagos o coseguros en la Obra Social o Medicina prepaga.

• Escolarización en establecimientos comunes con apoyo de personal especializado y/o escolaridad especializada.

• Traslado y transporte en ambulancia y/o vehículo ya sea a los centros de tratamiento o a los establecimientos educativos.

• Derecho a exigir la eliminación de barreras arquitectónicas y todo tipo de elemento que impida la accesibilidad a lugares públicos o privados.

• Derecho a reservar un espacio para estacionamiento exclusivo en la vía pública, frente al domicilio.

• Franquicia para adquirir vehículos nacionales o importados.

• Obtención del pase en transporte público de pasajeros.

• Regímenes especiales de asignaciones familiares.

Para más información los interesados deberán dirigirse a  Avenida Perón 11, esquina Illia o llamar al teléfono 03833-437913, e-mail: daipdcatamarca@yahoo.com.ar.